El día de hoy, 27 de diciembre 2022, fue publicada la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 donde se le otorga la facilidad al patrón para solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de las personas a quienes les realizan los pagos por sueldos y salarios, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de acuerdo con la Regla 2.7.1.48.
Regla 2.7.1.48 RFM 2023
Solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina
Para los efectos de los artículos, 27, apartado B, fracciones I y VII, 29, primer párrafo, fracción III, en relación con el 29-A, primer párrafo, fracción IV, todos del CFF, en relación con el artículo 26 del Reglamento del CFF, quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley.
Las personas obligadas a emitir los CFDI, podrán realizar por única ocasión la solicitud a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A. CFF 27, 29, 29-A, RCFF 26
Otro cambio importante es la actualización de las tarifas aplicables para el calculo de los pagos provisionales de 2023 que se publicaron en el Anexo 8 de la RMF 2023, por lo que te dejo un ejemplo de cálculo comparativo para un trabajador que gana $ 30,000.00 mensuales y analices el impacto.
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Ejemplo de cálculo de ISR para un trabajador con sueldo mensual de $ 30,000.00
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Adicional a estos temas, te dejo un adelanto de análisis del cálculo del factor de integración para el Salario Diario Integrado, siempre y cuando se publique la Reforma de Vacaciones. Estemos atentos de la publicación en próximos días ya que a la fecha aun no se encuentra en el Diario Oficial de la Federación.
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Espero te sea de utilidad esta información, próximamente estaré publicando otros artículos de temas fiscales que pueden ser de tu interés.